Permiso por nacimiento para la madre biológica
1. ¿Cuánto dura el permiso por nacimiento de la madre biológica?
Permiso por nacimiento para madre biológica tendrá una duración de 16 semanas con la siguiente distribución:
6 semanas obligatorias, ininterrumpidas y que deberán disfrutarse a jornada completa inmediatamente después del parto.
Las 10 semanas restantes, a jornada completa o parcial.
De manera continuada al periodo obligatorio.
De manera interrumpida, solo en el caso de que ambos progenitores trabajen en cuyo caso, debe ser en periodos semanales (acumulados o independientes) desde la finalización de las 6 semanas obligatorias hasta que el hijo/a cumpla 12 meses de edad.
2. ¿Y en caso de nacimiento múltiple, hijo/a con discapacidad, parto prematuro o de hospitalización del neonato a continuación del parto?
Se ampliará la duración del permiso para la madre biológica:
1 semana, por cada hijo/a, a partir del segundo, en caso de nacimiento múltiple.
1 semana por cada hijo/a discapacitado/a.
En los casos de parto prematuro y aquellos supuestos en los que el neonato deba permanecer hospitalizado a continuación del parto, la prestación se podrá ampliar en tantos días como el nacido se encuentre hospitalizado, con un máximo de trece semanas adicionales.
3. ¿Se puede ceder el permiso a la otra persona progenitora?
No existe la posibilidad de cesión por parte de la madre a la otra persona progenitora.
SUPUESTO DE FALLECIMIENTO DEL HIJO/A O DE LA MADRE
4. ¿Si fallece el hijo/a se reduce la duración del permiso?
No, en este supuesto el periodo de duración del permiso no se verá reducido, salvo que, una vez finalizadas las dos semanas de descanso obligatorio, se solicite la reincorporación al puesto de trabajo.
5. ¿Si fallece la madre podrá hacer uso el otro progenitor del permiso que no se haya disfrutado?
Sí, en caso de fallecimiento de la madre, el otro progenitor podrá hacer uso de la totalidad o de la parte que le reste a ese permiso.
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