Altas

Su médico es quien decide cuando ha de darle el alta. Se lo comunicará con antelación para que Ud. pueda preparar su salida del Hospital

  • El día del alta médica se le proporcionará un informe detallado en el que constarán los datos de salud observados durante su estancia: diagnóstico, pruebas complementarias realizadas y recomendaciones de tratamiento y cuidados.
  • Si en el informe de alta le indican la necesidad de volver a consultas externas del hospital o de realizarse alguna prueba, deberá pedir cita en el Servicio de Admisión a través de su Centro de Salud
  • Entregue una copia del informe a su médico de familia para que pueda controlar la evolución de su proceso
  • Lea usted atentamente las indicaciones que se le dan en el informe y asegúrese de conocer la forma de administración de su tratamiento, los cuidados que necesita y la dieta prescrita
  • Si tiene alguna duda consulte antes del alta con el médico o la enfermera

El alta voluntaria

Recogida en la Ley 41/2002 de 14 de Noviembre. Se reconoce su derecho a no aceptar el tratamiento prescrito, proponiéndole, en ese caso, la firma del alta voluntaria, salvo cuando exista riesgo para la salud pública a causa de razones sanitarias o cuando exista riesgo inmediato grave para la integridad física o psíquica del enfermo.

Tanto si es alta es médica como voluntaria, tiene derecho a que se le dé un informe de su asistencia